¿Qué Pasa con Mis Ahorros Pensionales si no Me Puedo Pensionar?
Es una preocupación común: ¿qué ocurre si, al llegar a la edad de jubilación, no logras cumplir con el número de semanas cotizadas o el capital necesario para obtener una pensión? Afortunadamente, el sistema colombiano tiene mecanismos para que no pierdas tus aportes.
Opciones si no te pensionas:
- **Devolución de Saldos (Fondos Privados - RAIS):** Si estás afiliado a un fondo privado y cumples la edad de pensión (57 mujeres, 62 hombres) pero tu capital acumulado no es suficiente para financiar una pensión mínima y no cumples las semanas para la garantía de pensión mínima, puedes solicitar la **devolución de la totalidad de tus aportes más los rendimientos** obtenidos.
- **Indemnización Sustitutiva (Colpensiones - RPM):** Si estás en Colpensiones y cumples la edad de pensión (57 mujeres, 62 hombres) pero no alcanzaste las 1.300 semanas requeridas, tienes derecho a la **indemnización sustitutiva**, que es la devolución de los valores correspondientes a tus semanas cotizadas, actualizados por el IPC.
Ambas opciones te permiten recuperar tus aportes, aunque es importante evaluar si alguna estrategia adicional (como seguir cotizando) podría ayudarte a alcanzar la pensión en el futuro. ¡No pierdas tu dinero!
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